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El presidente Mauricio Macri interrumpió su “retiro espiritual” en la residencia de Chapadmalal para salir a respaldar, de nuevo, al gatillo fácil. “No entiendo qué esperan los jueces, ¿que lo deje escapar?“, dijo, quejoso, en referencia al tibio fallo de la Cámara Criminal, que aunque descartó la posibilidad de una legítima defensa, introdujo otra causal de justificación, el cumplimiento del deber, aunque excedido.
La ministra de Seguridad Patricia Bullrich tampoco esperó mucho para ratificar su defensa del asesino: “Nosotros vamos a seguir pensando que el policía hizo lo que tenía que hacer”, fulminó, en su línea de “que los jueces hagan lo que quieran, a nosotros no nos importa”.

El punto es que, le importen o no los jueces a Macri y Bullrich, a ellos sí les interesa lo que el gobierno exige, y en este caso lo dejaron bastante claro. Como aquel pícaro vecino que todos los días corre unos centímetros el cerco hasta que usurpa todo el terreno lindero, los hombres de la justicia son avezados especialistas en esto de empujar poco a poco los parámetros establecidos por las leyes para juzgar conductas, hasta que instalan los criterios que les reclama el poder.

Vemos –y padecemos- esta práctica en un doble sentido: hacia el mayor punitivismo, cuando al que juzgan es un pobre tipo que conviene sancionar con la mayor dureza, sea para quedar bien con los que claman contra el “garantismo” y/o con los que despotrican contra los que se organizan y luchan por sus derechos, y hacia la impunidad, cuando el imputado es uno de su clase, o uno de sus perros guardianes de uniforme. Ejemplo de lo primero es la situación de los detenidos el 14 de diciembre, durante la represión a la movilización contra la infame reforma previsional: Treinta y dos personas cazadas en diferentes lugares de la ciudad, que no se conocían entre sí, procesadas por delitos federales que requieren un acuerdo previo, cinco todavía presos, incluyendo dos trabajadores precarizados en situación de calle. Y la causa Chocobar es clara muestra de lo segundo, porque cualquier persona que no fuera policía (o gendarme, prefecto o guardiacárcel) estaría presa y camino a una durísima condena después de matar por la espalda a una persona desarmada, hubiera hecho ésta lo que fuere antes de ser convertida en víctima de homicidio.

El fallo de la Cámara Criminal, que tanto enfureció al gobierno porque confirmó el tibio procesamiento en libertad, corre peligrosamente los márgenes de una de las circunstancias que convierten en no punible un acto típico, como matar a otro. La cosa arranca bien, porque enseguida reconocen que el policía no pudo excederse en el ejercicio de la legítima defensa porque Kukoc no lo atacaba ni creaba un peligro en el momento que huía, de manera que no podía exceder lo que no existía. Pero enseguida, en lugar de usar la única figura que contiene íntegramente la conducta y circunstancias, que es el homicidio calificado por su condición de miembro de una fuerza de seguridad (art. 80 inc. 9º del Código Penal), echan mano del “cumplimento del deber”, y ahí hacen la trampa de correr el límite.

En sus propias palabras, los camaristas describen así los hechos: Chocobar “se identificó como policía y dio la voz de alto, pese a lo cual Kukoc reinició la huida (o sea, venía huyendo desde antes); ante esa actitud efectuó tres disparos intimidatorios hacia arriba, pero cuando vio que no acató la orden y continuó la carrera por la calle Suárez realizó otros cuatro; dos impactaron en el cuerpo de Kukoc, provocando que cayera al suelo“. O sea, el policía disparó siete veces, cuatro de ellas, por lo menos, hacia el cuerpo del que corría. Luego reconocen que toda la normativa que rige la conducta policial, a nivel nacional, provincial e internacional suscripto por nuestro país, establece que el arma reglamentaria sólo puede ser usada como último recurso, es la “medida extrema” frente a resistencia armada, cuando se debe repeler un ataque con peligro para la propia vida o la de terceros, y nunca en caso de fuga, porque es menos grave tener que usar otros recursos para detener al que huye, e incluso que logre hacerlo, que matarlo o herir a un transeúnte, como tantas veces ha pasado.

O sea, si sos policía, y decís en la indagatoria que tenías mucho miedo, y jurás que la culpa fue del muerto que se agachó, el homicidio sale barato

Luego, los jueces citan el testimonio de los vecinos que iniciaron la persecución de Juan Pablo Kukoc: ninguno vio arma alguna, ni de fuego ni de otro tipo, pero empiezan la búsqueda de justificación del homicidio estatal: “Chocobar pudo haber supuesto la existencia de un arma en su poder, aunque desconocía cuál”. Nada objetan a los tres disparos “intimidatorios”, esos que Rodolfo Walsh temía encontrar en su camino y llamaba “de prevención”, porque consideran que actuó “prudentemente” hasta ahí. Y aunque no les queda más remedio, frente ese cuadro indiscutible, que mantener el procesamiento, lo tratan de atenuar con dos argumentos ya clásicos en las causas por gatillo fácil.

El primero, el pobre policía estaba extremadamente asustado, y por eso no pensó bien lo que hacía: “…El desarrollo fugaz que caracterizó al evento … bien pudo perturbar su ánimo, aun siendo miembro de las fuerzas de seguridad. Basta recordar que, según aseguró, fue su primer enfrentamiento armado y llama la atención la cantidad de veces que aludió al miedo que sintió, a punto tal de decir que con una mano cubría su cara y con la otra disparaba”.

El segundo, la culpa fue del muerto, por cambiar de posición al caer herido: “Uno de los impactos si bien ingresó centímetros por encima de la cintura, su trayectoria fue de abajo hacia arriba, lo que permite presumir que en la simultaneidad de la ejecución de los disparos, éste impactó cuando Kukoc se agachó ante el primero recibido”. Como bien se ve en el video de las cámaras domo, efectivamente el segundo disparo impactó en la espalda de Juan Pablo Kukoc en el instante en que estaba cayendo al piso, porque el primer tiro le fracturó el fémur. Si se la hubiera aguantado, y hubiera permanecido de pie con hueso del muslo reventado, capaz esa segunda bala no lo mataba…

Así, concluyen que aunque tiró siete veces contra alguien desarmado que huía, cuatro directamente al cuerpo, y embocó dos, no tuvo realmente intención de matar, y sólo se excedió, por susto e inexperiencia, en el debido cumplimiento de su deber, lo que, igual que en el exceso de la legítima defensa, remite a la escala del homicidio culposo, 1 a 5 años de prisión. Sólo para compensar un poquito y que suene por ahí la frase “homicidio agravado”, incluyeron el agravante por el uso del arma de fuego, lo que sólo aumenta en un tercio el mínimo y el máximo de la pena.

O sea, si sos policía, y decís en la indagatoria que tenías mucho miedo, y jurás que la culpa fue del muerto que se agachó, el homicidio sale barato. Y encima te va a defender todo el gobierno, con Macri y Bullrich a la cabeza, reclamando que te absuelvan y condecoren.

No exageramos cuando decimos que el gobierno de Cambiemos es el gobierno del gatillo fácil, de la represión sin límites, de la criminalización de la protesta y la pobreza y de la impunidad y reivindicación de genocidas y represores. En los dos extremos de la historia, Etchecolatz y Chocobar en sus casas, lo prueban. Nosotros y nosotras, seguiremos fortaleciendo la lucha y profundizando la unidad, para frenarlos.

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