En esta semana obtuvo dictamen el proyecto de reforma del Código Penal que legitima el gatillo fácil y el accionar de “justicieros” y convierte en no excarcelables los delitos más frecuentemente usados para reprimir la protesta y la pobreza, y se creó un cuerpo especial de las fuerzas de seguridad para infiltrar y espiar organizaciones populares.
Uno de los proyectos que más repercutirá en la vida cotidiana en las barriadas populares y sobre los sectores más vulnerabilizados es el de reforma al art. 34 del Código Penal, que define las excusas que convierten una conducta objetivamente criminal en no punible, cuando existen circunstancias como el estado de necesidad, la legítima defensa o el legítimo cumplimiento del deber.
Este proyecto, que ya cuenta con dictamen de la comisión de Legislación Penal y entrará al recinto en el curso del mes de noviembre, parte del argumento de la ministra Bullrich de que la definición de “legítima defensa” y “legítimo cumplimiento del deber” actual es “poco clara”, por lo que se propone ampliarla.
En el texto del dictamen de mayoría se incorpora la legitimación de los disparos a personas que no portan armas de fuego y para evitar la fuga, convirtiendo así al policía, gendarme o prefecto y al “justiciero” en juez y verdugo.Invirtiendo la carga de la prueba (hasta hoy, quien invoca legítima defensa o legítimo cumplimiento del deber debe probar las circunstancias que lo habilitan), presume que son legítimos los disparos cuando, a criterio del autor, existe “diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o en el número de los agresores” que le hacen temer por su vida o integridad física.
También habilita a disparar para “rechazar el escalamiento o fractura de cercados, paredes o entradas de su vivienda… cualquiera que sea el daño ocasionado”, por ejemplo si niños o adolescentes trepan una medianera para recuperar una pelota o un gato extraviado.
Para que una persona pueda disparar libremente contra otra desarmada basta que haya “señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente”, siempre a criterio del que dispara, e incluye explícitamente el caso de quien “se alejare del lugar del hecho”, circunstancia que claramente no configura amenaza alguna a la vida, integridad física o sexual de nadie, pues el presunto “agresor” está huyendo.
En lo que va de 2024, y de la gestión del gobierno de La Libertad Avanza, ya estamos viendo el crecimiento del gatillo fácil como política de intervención policial.
A pesar de que estamos lejos de poder sistematizar los datos del año, a la fecha hemos registrado 104 corresponden a fusilamientos de gatillo fácil, es decir, la ejecución de personas desarmadas o en fuga en la vía pública desde el 10/12/2023.
Estos datos son sumamente parciales y provisorios, ya que sólo incluyen lo relevado sin búsqueda específica, pero pese a eso en apenas 10 meses se iguala el total de casos 2023, y supera ampliamente el total de 2022.
Es evidente el impacto de la promoción oficial del gatillo fácil en la práctica cotidiana de las fuerzas de seguridad.El mismo proyecto modifica los arts. 237 (desobediencia) y 238 (atentado y resistencia a la autoridad), elevando las penas de manera que el máximo quede por fuera de la posibilidad de excarcelación durante el proceso y de pena en suspenso en caso de condena.
Ya en 2023 el Ministerio Público de la Defensa de CABA, en un informe elaborado por la Secretaría Letrada contra la Violencia Institucional, la Dirección de Asistencia a Personas Privadas de la Libertad y el Departamento de Estadísticas, informaba que el 52% del total de detenciones en la vía pública responden a la imputación por los delitos de resistencia, atentado o desobediencia a la autoridad, concluyendo que esas figuras son “frecuentemente utilizadas para encubrir detenciones arbitrarias por parte de las policías y fuerzas de seguridad”. En el 78% de esas detenciones hubo denuncias verificadas por violencia estatal.
Otro informe de la misma Defensoría indica que en el primer trimestre de 2023, más del 70% de las causas en las que las personas fueron detenidas e imputadas por los delitos de atentado, resistencia o desobediencia a la autoridad terminaron archivadas (es decir, cerradas) por decisión del Ministerio Público Fiscal y sólo el 2% concluyeron con una condena.
Por ello el propio Ministerio de la Defensa advierte que existe “una estrecha relación entre la aplicación de las figuras penales de atentado y resistencia a la autoridad o desobediencia y las prácticas de violencia institucional.
La notoria presencia de hechos de violencia en aquellos casos donde se han imputado estos delitos permite inferir que existe un uso recurrente por parte de policías y fuerzas de seguridad de estas figuras a la hora de ejercer y camuflar la violencia institucional. Así, una detención violenta puede quedar justificada por la idea de que la persona se resistió o desobedeció una orden policial”.
Si esto ocurría en 2023, hoy seguramente se ha duplicado o triplicado el uso de estas figuras, como lo acreditan las más de 200 detenciones de manifestantes por estas figuras, a las que se sumaron otras más graves, y el notable incremento de persecución policial a personas indigentes en situación de calle, vendedores ambulantes, trapitos, etc.
Queda claro cuáles son los colectivos que serán directamente afectados por el aumento de pena de los arts. 237 y 238 CP y cuál será la consecuencia inmediata: prisión preventiva durante todo el proceso, haya o no finalmente condena, y, en el caso de condenas, prisión efectiva. Criminalización de la protesta y la pobreza en su máxima expresión.
Finalmente, cuando parecía difícil que este escenario empeorara todavía más, el 21 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1253/2024 que creó la UNIDAD ESPECIAL DE AGENTES ENCUBIERTOS, dependiente de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio de Seguridad. Ordena a cada fuerza identificar los agentes con “alta calificación a partir de sus perfiles, aptitudes, especialidades y destinos actuales; capacitarlos para las tareas de la Unidad, que no son otras que la infiltración y el espionaje; impulsar la figura de Agente Encubierto en todas las jurisdicciones del país y asistirlos en la generación de “antecedentes, hojas de vida, historiales de redes sociales y demás elementos referidos a su identidad ficticia que sean necesarios para una actuación procesal eficaz y segura”.
En breve, un ejército de espías destinado a infiltrar organizaciones populares para reunir información (o prefabricarla) que va mucho más lejos que los mecanismos ya existentes en las distintas estructuras de “inteligencia” de las fuerzas. Con este armado, empalidecen notablemente situaciones que logramos exponer, como el proyecto X de Gendarmería o la larga infiltración del policía federal Américo Balbuena en la Agencia de Noticias Rodolfo Walsh.
Frente a este calamitoso escenario, decimos con fuerza y convicción
Basta de gatillo fácil
No al espionaje y la infiltración
Basta de represión a la pobreza y la protesta