Lectura: 6 min.

El 11 de febrero de 2026 el Congreso Nacional perpetró un verdadero crimen al sancionar la llamada Ley de Reforma Laboral, que destruyó 200 años de derechos conquistados por las y los trabajadores de Argentina. Ese día hubo una masiva movilización en la Plaza de los Dos Congresos, con la participación de las centrales sindicales, infinidad de gremios y multitud de personas que manifestaron su repudio a lo que sucedía en el recinto.

Unos días después, varias personas que fueron “identificadas” a través de dudosos mecanismos de ciberpatrullaje y reconocimiento facial resultaron detenidas, acusadas de graves delitos por haber participado de la manifestación multitudinaria.

Desde mediados de febrero, dos trabajadores, Milton Iván Tolomeo y Eneas Germán Gallo Salomone Croft, están detenidos en la prisión federal de Marcos Paz. A la vez, Oscar Rubén “Homero” Aguirre y Néstor Gabriel Barrera fueron detenidos y excarcelados, pero siguen procesados en la misma causa.

Cuando Milton fue detenido, se lo incluyó, por orden del Ministerio de Seguridad Nacional, en el SIGGPLAR (Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo), destinado a terroristas de gran peligrosidad, lo que significó un aislamiento absoluto, sin posibilidad de comunicarse ni tener visitas de sus familiares ni de sus defensores, con apenas una o dos horas de recreo para poder salir de su celda, usar los baños, comer o salir al patio, vigilado en todo momento por personal no identificado del Servicio Penitenciario Federal enmascarado con balaclavas.

Logramos, al mes, sacarlo de ese infierno y lograr su pase a un pabellón común.

Se los acusa por los delitos de tenencia de material incendiario, atentado y resistencia a la autoridad e intimidación pública, Milton y Eneas como coutores y Homero y Néstor como partícipes.

Como si eso fuera poco, ya esa acusación prevé la pena de 5 a 15 años de prisión, el Fiscal Stornelli requirió el agregado del agravante previsto en el art. 41 quinquies del Código Penal, que establece la duplicación de penas cuando el hecho se comete “para aterrorizar a la población u obligar a autoridades públicas nacionales, gobiernos extranjeros o agentes internacionales a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.

Este artículo fue incorporado al Código Penal en 2011 (ley 26.734), como parte de la batería de “leyes antiterroristas” dictadas a partir de 2007 por presión del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) y otros organismos internacionales de control financiero, y fue ampliado aún más en 2024 con la ley 27.739. Es una circunstancia agravante transversal a todo el Código Penal, que automáticamente lleva al doble la escala penal prevista, sin respetar el criterio de proporcionalidad de la pena.

Tanto al momento de su sanción inicial durante la presidencia de Cristina Fernández, como ante su reforma en la actual gestión de Javier Milei, desde las organizaciones populares y sectores académicos advertimos que es una norma peligrosísima, plagada de vaguedades, con expresiones completamente abiertas a la interpretación, como “aterrorizar a la población”, cuya definición queda discrecionalmente en manos de jueces y fiscales que decidan descargar todo su poder punitivo apuntando más a presuntas intencionalidades subjetivas del autor que a las características concretas de una conducta específica.

Decíamos también que, aunque la misma norma indica que esa agravante no se debe aplicar cuando los hechos de que se trate tuvieran lugar “en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional”, como es el de resistir una medida legislativa que cercena derechos, la falta de precisión de las definiciones que permiten cualquier interpretación intencionada de jueces y fiscales obedientes al poder político habilitan la indiscriminada persecución de la protesta y su híper criminalización.

Desde el inicio de la gestión del gobierno de la Libertad Avanza hemos visto reiteradas veces cómo, ante cualquier protesta callejera, funcionarios de primera línea, con Patricia Bullrich y Javier Milei a la cabeza, inmediatamente exigen al poder judicial la calificación de “terrorista” o “subversivo” de quienes reclaman en las calles.Una y otra vez aplican en los procesos judiciales lo que se ha dado a llamar el “Derecho Penal del enemigo”.

El mismo fiscal Stornelli hizo los deberes, por ejemplo, apenas horas después de la movilización contra la sanción de la Ley Bases, lo que motivó prolongadas detenciones en cárceles federales de varias personas, aunque, hasta ahora, los jueces eran más reticente a aplicarlas. Ahora, a pesar de que ya un juez y la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad descartaron de plano que se pudiera calificar como “terrorista” la conducta reprochada a Milton, Eneas, Homero y Néstor, el mismo fiscal replanteó su acusación y el juez Ariel Lijo obedientemente acató al dictar el auto de elevación a juicio. Hoy vemos en la realidad cotidiana los resultados que la reforma laboral ha acarreado para el conjunto del pueblo trabajador. Crece la desocupación, la pérdida de puestos laborales registrados es masiva, la precarización es la regla, mientras las familias se endeudan para pagar servicios y adquirir lo básico para su supervivencia. Si algo “aterroriza a la población” son esas políticas antipopulares, sus nefastas consecuencias con el incremento de la pobreza y la incesante acción violenta de las fuerzas de seguridad en las calles, tanto en contexto de movilizaciones y manifestaciones como en la represión cotidiana en los barrios, con un impresionante aumento de las detenciones arbitrarias, las torturas a personas detenidas y los fusilamientos de gatillo fácil.

Tanto Milton como Eneas y Homero son trabajadores solidarios y conscientes, ambos con arraigo familiar y laboral suficiente, mientras que Néstor es una persona en situación de calle, que fueron a Congreso con miles más a defender sus derechos. Nada más alejado de un “terrorista”. Es inconcebible que enfrenten una amenaza de pena de 10 a 30 años de prisión por haber participado de una movilización masiva contra el nuevo régimen esclavista que impera hoy en Argentina.

Desde las organizaciones que asumimos su defensa llamamos al conjunto del campo popular a movilizarse para exigir su libertad y el cierre de la causa.Porque el derecho a la protesta no es terrorismo.

CORREPI – GREMIAL DE ABOGADOS

Comments

comments